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APERTURA CONDICIONADA DEL INTERIOR DE LA HOSTELERÍA NAVARRA

El lunes 17 de mayo entra en vigor la Orden Foral 16/21 a través de la cual el Gobierno de Navarra avanza en el proceso de flexibilización en el sector de la hostelería, "unas medidas que se encuadran en la primera fase de la apertura controlada y ordenada que se ha perfilado a lo largo de las últimas semanas en el marco del trabajo intersectorial desarrollado por el Ejecutivo foral".


 En esta primera etapa, la nueva norma regula la apertura de interiores en hostelería y restauración hasta las 22 horas y ofrece dos opciones a los locales. La primera, con carácter general, permite el consumo en el interior de los establecimientos con licencia de bar especial, café-espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes con un aforo del 30% y una distancia entre las mesas de dos metros, medidos desde los extremos de las mismas. 

 El consumo será siempre sentado en mesa, las barras podrán ser usadas por los clientes sólo para pedir y recoger su consumición y no se podrán superar los grupos de cuatro personas por cada una de ellas. Excepcionalmente, se podrán aumentar a un máximo de seis cuando las dimensiones de las mesas o grupos de mesas permitan garantizar la distancia de seguridad interpersonal de 70 centímetros entre las personas.

 Asimismo, el uso de la mascarilla será obligatorio salvo en el momento puntual de la consumición, el local deberá contar con carteles informativos en los que aparezca el aforo máximo y el aforo permitido por la Orden Foral y se recomienda una ventilación adecuada y, a poder ser, natural.

 La otra vía abierta de cara a la apertura de interiores incluye la premisa de una ficha técnica y una declaración responsable presentada por los propietarios de los locales, en la que se comprometen a cumplir, además de con los requisitos generales previsto para todos los establecimientos, con unos específicos para esta opción, más preventivos, modificándose el criterio del aforo, las distancias entre mesas y requiriéndose que el local cuente con un medidor de CO2.

 En este caso, en vez del porcentaje máximo del 30% de aforo a nivel general, éste vendrá determinado por la capacidad de ocupación de mesas en el interior, siempre cumpliendo con una distancia y medidas de seguridad concretas: las mesas de los interiores deberán situarse en este caso a dos metros de distancia entre las sillas de las mismas (no entre mesas) y el número máximo de comensales por mesa será de seis personas con una distancia de 70 centímetros entre comensales.

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